¿Monopolio de las palomitas en los cines? Comentario a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 21ª) de 8 de Enero de 2003
Por Francisco Marcos (IE Law School)
La prohibición establecida por las salas de cine para acceder a ellos con alimentos o bebidas comprados fuera de sus instalaciones tiene una justificación económica innegable y una legitimidad legal. Se basa en la capacidad de los empresarios para establecer y organizar libremente su empresa, expresamente reconocida por la Constitución española (artículo 38). Además, la evolución de la industria del cine en los últimos años explica los cambios en el modelo de negocio y las estrategias de las empresas que participan en estas actividades, lo que generalmente ha significado que se hayan visto obligados a modificar y ampliar sus servicios en el mercado para satisfacer los deseos de los televidentes. mantener la rentabilidad. Los cines pueden explotar libre y legítimamente las oportunidades de negocio derivadas o surgidas de su propio negocio.
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