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Tendencias en Competencia: Códigos de Conducta y Competencia Desleal: Aspectos Sustantivos y Procesales

 |  June 20, 2016

Por: José Massaguer
Abril 2011

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    La reforma de la Ley de Competencia Desleal en 2009 ha incorporado un nuevo supuesto de engaño al
    catálogo de actos de competencia desleal objeto de una definición y caracterización particular: el
    incumplimiento de los compromisos asumidos por virtud de un código de conducta, al que se dedica el
    nuevo artículo 5.2 de esa Ley. En el presente trabajo se examinarán, en primer lugar, los antecedentes de este acto de competencia desleal, que se encuentran en la Directiva 2005/29/CE, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) no 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (Directiva sobre las prácticas comerciales desleales), y posteriormente las implicaciones sustantivas su encuadramiento entre los actos de engaño, determinantes de que la mera infracción del código de conducta no constituya un acto de competencia desleal. A continuación se determinará la conducta relevante, definida en términos subjetivos por referencia sólo a empresarios y profesionales, de una parte, y a destinatarios, consumidores o no, de otra parte, y caracterizada en términos objetivos por el incumplimiento de compromisos de los códigos que no son reiteración o concreción de disposiciones legales.

    Fuente: SSRN
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